¡Enterate! interna

Tramita correctamente tu cuenta de cobro

 



El pasado viernes 7 de mayo se realizó la capacitación a contratistas, en este espacio los asistentes encontraron información de interés sobre la gestión general de la entidad y grupos. Pero, adicionalmente se aclararon dudas frente a procesos que inciden directamente en el desempeño y labor del contratista.


Es por ti, que hoy en el espacio de Al Aire MinTransporte invitamos a una de nuestras compañeras del Grupo de Contabilidad para aclarar nuestras dudas más frecuentes a la hora de enviar la cuenta de cobro.


Recuerda que diligenciar correctamente, de forma clara y especifica el cumplimiento de nuestras funciones, en los tiempos establecidos y con los documentos solicitados implica el pago oportuno de nuestros honorarios y la buena gestión del Ministerio.

 


Así mismo, para complementar queremos destacar tres temas, mencionados durante la inducción que debes en cuenta si eres contratista.

 

1. ¿Cómo puedo solicitar soporte, reportar una falla o un caso de seguridad digital al Grupo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC?


Respuesta: Para solicitar soporte, reportar una falla o un caso de seguridad digital debes registrar tu caso a través de la plataforma GLPI del Grupo TIC. Acceder es muy fácil, puedes escribir es tu buscador glpi.mintransporte.gov.co/glpi/, ingresar por la barra de menú de TEAMS dando clic en GLPI, botón ‘Ingresar’ o por Movilnet en ‘Servicios’ y buscar en los sistemas de información.

 

2. ¿Cómo puedo reportar o solicitar que me lleguen los correos de comunicación interna?

 

Respuesta: Si no estás recibiendo los correos con información de la entidad a través del correo de comunicación interna reporta tu caso al Grupo Estratégico de Comunicaciones por medio de un mensaje de WhatsApp a la línea oficial 313-4841885 con tus datos (nombre, grupo y correo).

Recuerda que por este canal recibes información importante sobre eventos, cambios, notificaciones y recordatorios de las diferentes áreas o grupos del Ministerio.


3. ¿Se puede investigar disciplinariamente a un contratista de prestación de servicios?

 

Respuesta: Sí, toda vez que en virtud de dicho contrato se ejerza una función pública (Ley 1474 de 2011 - Artículo 44). Es decir, cuando el particular por disposición legal, acto administrativo, convenio o contrato realice funciones administrativas o actividades propias de los órganos del Estado, y que permiten el cumplimiento de los cometidos estatales, así como el que ejerce la facultad sancionadora del Estado; lo que se acreditará entre otras manifestaciones, cada vez que ordene o señale conductas, expida actos unilaterales o ejerza poderes coercitivos. (Sentencia C-037-03).

 

 

Grupo Estratégico de Comunicaciones - 13 de mayo del 2021