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Política de Transparencia, Acceso a la Información y Lucha Contra la Corrupción

 



La Política de Transparencia, Acceso a la Información y Lucha Contra la Corrupción enmarca la articulación por un lado, de acciones para la prevención, detección e investigación de los riesgos en los procesos de la gestión administrativa y misional de las entidades públicas, y por otro, garantiza el ejercicio del derecho fundamental de los ciudadanos de acceder a la información pública y responderles de buena fe, de manera adecuada, veraz, oportuna y gratuita a sus solicitudes de información pública. Así como, las acciones tendientes a la cultura de la integridad y el control social.

Mecanismos jurídicos útiles para combatir la corrupción:

 

El acceso a la información es un derecho de rango constitucional, a través del cual toda persona puede solicitar y recibir información de las autoridades públicas, conforme a lo consignado en los artículos 74 y 209 de la Constitución Política y en la Ley 1712 de 2014. El mencionado derecho, está indisolublemente ligado al principio de publicidad que rige la administración pública y se ajusta a los parámetros constitucionales que permean al derecho de petición, de información y el libre acceso a los documentos públicos. ​​

 

El derecho de acceso a la información cumple tres funciones esenciales, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional: “(i) En primer lugar el acceso a la información garantiza la participación democrática y el ejercicio de derechos políticos. (…) (ii) En segundo lugar, el acceso a la información pública cumple una función instrumental para el ejercicio de otros derechos constitucionales, ya que permite conocer las condiciones necesarias para su realización. (…) (iii) Finalmente, el derecho de acceder a la información pública garantiza la transparencia de la gestión pública, y, por lo tanto, se constituye en un mecanismo de control ciudadano de la actividad estatal.”

 

Así mismo, “La transparencia y la publicidad de la información pública son dos condiciones necesarias para que las agencias del Estado se vean obligadas a explicar públicamente las decisiones adoptadas y el uso que le han dado al poder y a los recursos públicos; son la garantía más importante de la lucha contra la corrupción y del sometimiento de los servidores públicos a los fines y procedimientos que les impone el derecho; son la base sobre la cual se puede ejercer un verdadero control ciudadano de la gestión pública y satisfacer los derechos políticos conexos. En este sentido, la Corte ha reiterado que el acceso a información y documentación oficial constituye una condición de posibilidad para la existencia y ejercicio de las funciones de crítica y fiscalización de los actos del gobierno que, en el marco de la Constitución y la ley, cabe legítimamente ejercer a la oposición.”

 

Secretaría de Transparencia, Ministerio de Transporte – Oficina de Control Interno