¡Enterate! interna

Conoce las medidas para contener el segundo pico de la pandemia

 


La Administración Distrital anunció este domingo que, a partir del martes 5 de enero Bogotá inició un nuevo ciclo de cuarentena estricta en las localidades de Suba, Engativá y Usaquén, debido al aumento de casos de covid-19 y las cifras de ocupación de camas UCI. 

Estas nuevas medidas tienen como objetivo enfrentar el segundo pico de la pandemia en la ciudad. La restricción por localidades inició a las 00:00 horas del 5 enero y va hasta las 23:59 del 17 de enero. De acuerdo con la autoridad competente, las reglas son básicamente las mismas que rigieron en las cuarentas por localidades del año pasado.   

Es por ti y para que estés enterado que te invitamos a leer y llevar a la práctica las siguientes medidas:  

    • Restricción de la movilidad (Solo exceptuados) 
    • Restricción total de actividades entre 8 de la noche y 5 de la mañana.  
    • Cierre del comercio no esencial excepto abastecimiento, farmacias y artículos de primera necesidad.  
    • Prohibición de expendio de bebidas embriagantes el fin de semana.  

 

Para tener en cuenta

    • Quienes lleguen de viaje podrán ingresar a la localidad y a sus domicilios sin restricción.  
    • Actividad física individual al aire libre por un periodo máximo de una (1) hora al día.  
    • Mudanzas en casos de fuerza mayor.  

 

¿Quiénes pueden salir de casa?

    • Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m. (una sola persona por núcleo familiar)  
    • Se autoriza la comercialización por entrega para llevar y entregar a domicilio de productos por parte de establecimientos y locales gastronómicos.  
    • Prestación de servicios de salud públicos y privados.  
    • Cuidado de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad y personas vulnerables.  
    • Orden público, seguridad general y atención sanitaria, asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad.  
    • Las demás excepciones relacionadas con servicios esenciales.  

 

Otras excepciones:

    • Atención y emergencias médicas y veterinarias.  

    • Abastecimiento y distribución de combustible. 

    • La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (i) insumos para producir bienes de primera necesidad.

    • Comercio electrónico. La compra, venta, abastecimiento, envío, entrega de bienes y mercancías, podrán ser realizados mediante las empresas que prestan servicios de comercio electrónico y plataformas tecnológicas (tales como empresas de economía colaborativa y domicilios), las empresas postales (en cualquiera de sus modalidades), las empresas de mensajería, los operadores logísticos y los servicios de transporte de carga, dándoles prioridad a los bienes de primera necesidad. 

    • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar. 

    • La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energía, aseo, gas natural, entre otros.   
       
    • Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.  
       
    • La prestación de servicios: bancarios, financieros, de operadores postales de pago, entre otros.  


Si quieres conocer más sobre el Decreto que establece la cuarentena en Suba, Engativá y Usaquén, te invitamos a consultarlo y descargarlo en el siguiente enlace: https://bit.ly/39bsAs1


¡Recuerda, el autocuidado es fundamental para preservar tu salud y la de tu familia!