

Conoce las medidas para contener el segundo pico de la pandemia
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La Administración Distrital anunció este domingo que, a partir del martes 5 de enero Bogotá inició un nuevo ciclo de cuarentena estricta en las localidades de Suba, Engativá y Usaquén, debido al aumento de casos de covid-19 y las cifras de ocupación de camas UCI.Â
Estas nuevas medidas tienen como objetivo enfrentar el segundo pico de la pandemia en la ciudad. La restricción por localidades inició a las 00:00 horas del 5 enero y va hasta las 23:59 del 17 de enero. De acuerdo con la autoridad competente, las reglas son básicamente las mismas que rigieron en las cuarentas por localidades del año pasado.  Â
Es por ti y para que estés enterado que te invitamos a leer y llevar a la práctica las siguientes medidas: Â
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- Restricción de la movilidad (Solo exceptuados)Â
- Restricción total de actividades entre 8 de la noche y 5 de la mañana. Â
- Cierre del comercio no esencial excepto abastecimiento, farmacias y artÃculos de primera necesidad. Â
- Prohibición de expendio de bebidas embriagantes el fin de semana. Â
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Para tener en cuenta
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- Quienes lleguen de viaje podrán ingresar a la localidad y a sus domicilios sin restricción. Â
- Actividad fÃsica individual al aire libre por un periodo máximo de una (1) hora al dÃa. Â
- Mudanzas en casos de fuerza mayor. Â
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¿Quiénes pueden salir de casa?
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- Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m. (una sola persona por núcleo familiar) Â
- Se autoriza la comercialización por entrega para llevar y entregar a domicilio de productos por parte de establecimientos y locales gastronómicos. Â
- Prestación de servicios de salud públicos y privados. Â
- Cuidado de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad y personas vulnerables. Â
- Orden público, seguridad general y atención sanitaria, asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad. Â
- Las demás excepciones relacionadas con servicios esenciales. Â
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Otras excepciones:
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- Atención y emergencias médicas y veterinarias. Â
- Abastecimiento y distribución de combustible.Â
- La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (i) insumos para producir bienes de primera necesidad.
- Comercio electrónico. La compra, venta, abastecimiento, envÃo, entrega de bienes y mercancÃas, podrán ser realizados mediante las empresas que prestan servicios de comercio electrónico y plataformas tecnológicas (tales como empresas de economÃa colaborativa y domicilios), las empresas postales (en cualquiera de sus modalidades), las empresas de mensajerÃa, los operadores logÃsticos y los servicios de transporte de carga, dándoles prioridad a los bienes de primera necesidad.Â
- La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar.Â
- La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energÃa, aseo, gas natural, entre otros.  Â
 - Los servicios funerarios, entierros y cremaciones. Â
 - La prestación de servicios: bancarios, financieros, de operadores postales de pago, entre otros. Â
- Atención y emergencias médicas y veterinarias. Â
Si quieres conocer más sobre el Decreto que establece la cuarentena en Suba, Engativá y Usaquén, te invitamos a consultarlo y descargarlo en el siguiente enlace: https://bit.ly/39bsAs1
¡Recuerda, el autocuidado es fundamental para preservar tu salud y la de tu familia!